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| Indexado |
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| DOI | 10.7764/R.493.6 | ||||||
| Año | 2022 | ||||||
| Tipo | artículo de investigación |
Citas Totales
Autores Afiliación Chile
Instituciones Chile
% Participación
Internacional
Autores
Afiliación Extranjera
Instituciones
Extranjeras
RESUMEN: Teniendo a la vista diversos desarrollos dogmáticos comparados que justifican la generalización del control de contenido de cláusulas no negociadas, se examina el ámbito subjetivo de aplicación del referido control en el Derecho chileno, revisando tanto las disposiciones que se refieren expresamente a él como las reglas y principios de Derecho civil que permitirían su generalización. Se sostiene que las reglas que expresamente permiten alguna medida de control no son especiales, sino más bien concreciones de una regla general presente en el Derecho civil.
| Ord. | Autor | Género | Institución - País |
|---|---|---|---|
| 1 | CAMPOS MICIN, SEBASTIÁN NICOLÁS | - |
Universidad de Chile - Chile
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| 1 | Campos-Micin, Sebastián N. | Hombre |
Universidad de Castilla-La Mancha - España
Universidad de Chile - Chile |