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| Indexado |
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| DOI | 10.22370/RCS.2022.81.3562 | ||
| Año | 2022 | ||
| Tipo | artículo de investigación |
Citas Totales
Autores Afiliación Chile
Instituciones Chile
% Participación
Internacional
Autores
Afiliación Extranjera
Instituciones
Extranjeras
Resumen: Una interpretación estricta del artículo 1945 del Código Civil arriesga un resultado incompatible con la racionalidad subyacente del remedio indemnizatorio: un enriquecimiento que puede ir más allá de la compensación. Un sector de la doctrina ha ofrecido una interpretación flexible del precepto que evita este resultado. Si bien simpatizamos con el propósito, los argumentos no nos resultan del todo convincentes. Por eso, en este trabajo, ofrecemos un camino distinto, a través del artículo 6º de la Ley Nº18.101 y las normas generales del remedio indemnizatorio.
| Ord. | Autor | Género | Institución - País |
|---|---|---|---|
| de la Maza Gazmuri, Iñigo | - |
Universidad Diego Portales - Chile
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| San Miguel Pradera, Lis Paula | Mujer |
Universidad Autónoma de Madrid - España
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