Muestra métricas de impacto externas asociadas a la publicación. Para mayor detalle:
| Indexado |
|
||
| DOI | 10.22199/ISSN.0718-9753-2020-0004 | ||
| Año | 2020 | ||
| Tipo | artículo de investigación |
Citas Totales
Autores Afiliación Chile
Instituciones Chile
% Participación
Internacional
Autores
Afiliación Extranjera
Instituciones
Extranjeras
Resumen: La protección judicial de los derechos fundamentales del art. 20 de la Constitución de 1980, tiene límites sustantivos y procesales. Este artículo, analiza las razones procesales para no dar lugar a la protección, ya sea por un motivo de índole general -el reparto de competencias- o dos criterios específicos: la imposibilidad de brindar tutela cautelar y la deferencia con las instancias especializadas. Por razones de justicia y eficiencia, las Cortes de Apelaciones deberían aplicar estos criterios cuando deciden la admisibilidad de la protección, a menos que existan antecedentes para que la Sala invoque la tesis de la “vulneración evidente” del derecho fundamental, la que suele basarse en la garantía de la propiedad o en la del debido proceso.
| Ord. | Autor | Género | Institución - País |
|---|---|---|---|
| 1 | Larroucau Torres, Jorge | Hombre |
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso - Chile
|