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| Indexado |
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| DOI | |||||||
| Año | 2019 | ||||||
| Tipo | indefinido |
Citas Totales
Autores Afiliación Chile
Instituciones Chile
% Participación
Internacional
Autores
Afiliación Extranjera
Instituciones
Extranjeras
Recently the Supreme Court has ruled on a neighborhood conflict initiated due to the implementation of a rainwater collector that artificially led and unloaded its torrent on a neighboring property. This rulling is useful to address neighborhood relations as limits of property in private interest, distinguish between direct and indirect attacks on property, and in particular, to emphasize that administrative authorizations and the compliance with laws and regulations do not justify the infringement of third party rights.
| Ord. | Autor | Género | Institución - País |
|---|---|---|---|
| 1 | Niemann, Jorge Tisne | Hombre |
Jara Favero Abogados - Chile
Universidad de Los Andes, Chile - Chile |
| 1 | Niemann, Jorge Tisné | Hombre |
Universidad de Los Andes, Chile - Chile
Jara Favero Abogados - Chile |
| 1 | Niemann, Jorge Tisné | - |
Universidad de Los Andes, Chile - Chile
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| Agradecimiento |
|---|
| La Corte Suprema decide revocar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y acoger el recurso de protección interpuesto por los recurrentes, en especial, al con-siderar que el emplazamiento del ducto por parte de la recurrida fue ilegal y que existían elementos suficientes para imputar objetivamente a esta la causación de los daños a propó-sito de la inexistencia de un registro en el catastro que al efecto lleva la Dirección General de Aguas referentes a las obras denunciadas15. |
| La Corte Suprema decide revocar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y acoger el recurso de protección interpuesto por los recurrentes, en especial, al con-siderar que el emplazamiento del ducto por parte de la recurrida fue ilegal y que existían elementos suficientes para imputar objetivamente a esta la causación de los daños a propó-sito de la inexistencia de un registro en el catastro que al efecto lleva la Dirección General de Aguas referentes a las obras denunciadas15. |
| La Corte Suprema decide revocar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y acoger el recurso de protección interpuesto por los recurrentes, en especial, al con-siderar que el emplazamiento del ducto por parte de la recurrida fue ilegal y que existían elementos suficientes para imputar objetivamente a esta la causación de los daños a propó-sito de la inexistencia de un registro en el catastro que al efecto lleva la Dirección General de Aguas referentes a las obras denunciadas15. |