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| Indexado |
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| DOI | 10.18800/DERECHOPUCP.201901.010 | ||||
| Año | 2019 | ||||
| Tipo | artículo de investigación |
Citas Totales
Autores Afiliación Chile
Instituciones Chile
% Participación
Internacional
Autores
Afiliación Extranjera
Instituciones
Extranjeras
The article examines some of the legislative changes of the 2006 reform of adult prisons Law in Germany. The 2006 reform gave the Lander competence to regulate the execution of the prison sentence, generating a wave of new prison laws in the country. This article examines whether the new legislation regarding the adult prison sentences reflects the lineages of the federal law of 1976 and the case law standards of the BVerfG in this area. The aim is to know the issues where the criteria of federal law and BVerfG's case-law influence state legislation, on the other hand, the issues where state laws have innovated. At the same time, it also intends to make a critical analysis of whether the adherence or innovation of state laws signifies an advance with respect to previous regulations.
| Ord. | Autor | Género | Institución - País |
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| 1 | Castro Morales, Alvaro | Hombre |
Universidad de Chile - Chile
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| 1 | Morales, Álvaro Castro | Hombre |
Universidad de Chile - Chile
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| Agradecimiento |
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| 2 La unificación de la ejecución de la pena de prisión se logró en Alemania con la Ley Federal de 1976. Previo a dicho hito existieron variados intentos fallidos. La disparidad de criterios y realidades en las distintas regiones motivó el Proyecto para unificar la regulación de la ejecución de la sanción privativa de libertad de 1879 que innova con la incorporación del principio de separación entre adultos y adolescentes; la consagración expresa de derechos como el de visita, el derecho a realizar reclamos; a recibir correspondencia, y a la libre práctica religiosa. El segundo intento se genera con la expedición de los Principios del Consejo de Estado, aprobados en 1897, que recogen buena parte de las ideas del proyecto de unificación de 1879 ampliando el principio de separación para hombres y mujeres y contemplando un máximo de doce horas de trabajo dentro de los centros cerrados (Kaiser & Schöch, 2002, p. 42). Los principios para la ejecución de la sanción privativa de libertad de 1923, iniciativa del ministro de Justicia Gustav Radbruch, constituyen el tercer intento. Se reconoce en su contenido una marcada influencia de los Principios de 1897 y se incorpora una serie de innovaciones que para la época son consideradas revolucionarias. Por primera vez se habla de fines en la etapa de la ejecución de la sanción privativa de libertad, representados por el orden, trabajo y puntualidad. Adicionalmente, se pone hincapié en el trato digno y humanitario de los presos (Vormbaum, 2009, p. 181). |